Convocatorias Literarias

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11.1.06

VIII Premio Río Manzanares de Novela
24 de enero de 2006

Primera. Es objeto de este certamen premiar la
novela original e inédita, que tenga como marco
el ámbito de la ciudad de Madrid y que se
considere mejor entre las presentadas.

Segunda. Las obras, escritas en lengua
castellana, no premiadas anteriormente en ningún
otro concurso, tendrán una extensión comprendida
entre 150 y 250 páginas y mecanografiadas a dos
espacios y por una sola cara, tamaño DIN A-4 con
aproximadamente 32 líneas de 60 caracteres. Se
presentará en ejemplar triplicado, con las
páginas numeradas, sujetas o cosidas por
cualquier sistema, en la Empresa Municipal de
Vivienda y Suelo, S.A., C/. Palos de la Frontera,
13, 4ª planta, 28012 Madrid (España) desde el
lunes 28 de noviembre de 2005 hasta las 14:00
horas del martes 24 de enero de 2006.

Tercera. En las obras figurará su título y un
lema, elegido libremente por el autor, sin que
puedan figurar nombre o seudónimo conocido del
autor. Las novelas se presentarán acompañadas de
un sobre cerrado, en cuyo exterior figure
exclusivamente el título de la obra y el lema
utilizado. El sobre contendrá una nota en la que
se repetirán título y lema y se consignará el
nombre apellidos, domicilio y teléfono del autor.
El autor se obliga al estricto secreto de
cualquier relación entre su identidad y el lema
utilizado. El conocimiento de tal relación por
parte del Jurado supondrá la automática eliminación del concursante.

Cuarta. Para dar cumplimiento a las condiciones a
las que se refiere el párrafo segundo de la base
anterior, podrán también presentarse las obras y
la documentación requerida por correo
certificado, sin ningún remite, en un solo envío,
indicando: “VIII Premio Río Manzanares de Novela”.
En este supuesto, dadas las exigencias de
anonimato a que responde el concurso y las
peculiaridades de esa modalidad de presentación,
deberán cuidar los remitentes de que quede
constancia fehaciente de que ésta se produce
dentro del plazo y de que el envío no contenga
signo aparente alguno que permita la identificación del autor.
La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo no
admitirá las obras en cuya presentación se
infrinja lo establecido en esta base.

Quinta. La composición del Jurado será la siguiente:
• Presidente, el Alcalde de Madrid o persona en quien delegue.
• Vocales propuestos por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo.
• El Secretario del Jurado, que
actuará con voz pero sin voto, será nombrado por
la Empresa Municipal de Vivienda Suelo.

Sexta. El Jurado actuará con la máxima libertad y
tendrá la facultad de adjudicar el premio o
dejarlo desierto, la de interpretar las bases y
la de determinar las normas de funcionamiento,
salvo en los aspectos expresamente regulados en
la base siguiente. El fallo del Jurado será inapelable.

Séptima. Para que el Jurado se constituya y pueda
celebrar sesiones válidamente, se precisa la
asistencia de la mayoría de sus miembros. En caso
de ausencia del Presidente desempeñará sus
funciones el Vocal de más edad de entre los
asistentes. Los acuerdos se adoptarán por mayoría
simple de Vocales presentes y, en caso de empate,
decidirá el voto de calidad de quien presida el Jurado.

Octava. El VIII Premio Río Manzanares de Novela
está dotado con 26.000 € para la obra ganadora y
su edición. El Premio no podrá ser concedido a
quienes lo hayan obtenido anteriormente.
El Jurado, atendiendo a la calidad de las obras
presentadas, podrá elegir una finalista y, en su
caso, proponer de acuerdo con el autor y sin
dotación económica la publicación de la misma.

Novena. La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo
realizará la primera edición de la obra premiada,
con una editorial de ámbito nacional durante el
plazo de 2 años a partir de la fecha del fallo,
transcurridos los cuales el autor podrá hacerlo
libremente. En esta edición y en las sucesivas
deberá figurar “ Novela ganadora del VIII Premio
Río Manzanares de Novela”. El importe del premio
tendrá la consideración de cantidad a cuenta de
los derechos de autor, sujeta a la legislación
tributaria vigente, con las deducciones y retenciones que correspondan.

Décima. Las obras no premiadas podrán ser
retiradas en la misma dirección de
su presentación, dentro del plazo de 3 meses a
partir del día siguiente a aquél en que se haga
público el fallo del Jurado. A estos efectos
deberá aportarse el justificante de presentación,
en su día expedido por la Empresa Municipal de
Vivienda y Suelo o, en su caso, por el servicio
de Correos. De no hacerlo así se entenderá que se
renuncia a los ejemplares presentados, que serán destruidos pasado dicho plazo.

Undécima. La participación en este certamen
supone la plena aceptación de las presentes bases.

Bases:
http://www.munimadrid.es/Principal/ayuntamiento/ServMuni/urbanismo/emsmunimadrid/VIIIbases.pdf

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